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PhiloBiblon 2024 n. 4 (mayo). Los manuscritos del Fuero Juzgo: denominaciones antiguas y signaturas modernas
Mónica Castillo Lluch
(Université de Lausanne)
Carmen del Camino Martínez
(Universidad de Sevilla)
Tan nocivos como el fuego y otros desastres naturales pueden resultar para el conocimiento de los textos antiguos los cambios de denominación de los manuscritos. La confusión que produce un nuevo nombre o signatura en un testimonio puede obstaculizar, o incluso impedir, el avance de la investigación, por lo que a filólogos e historiadores se nos impone, como primer paso para el estudio de una tradición manuscrita, la aclaración de las concordancias entre las denominaciones de cada pieza, mutantes a lo largo del tiempo. Descifrar esos códigos puede ser una tarea más o menos exigente en función de la edad de los manuscritos: cuanto más antiguo es un testimonio, mayor cantidad de mudanzas ha podido sufrir de una biblioteca a otra, y más cambios posibles de signaturas. Si además tratamos con tradiciones complejas, compuestas de abundantes testimonios, la dificultad se multiplica.
El caso de la tradición manuscrita del Fuero Juzgo (BETA texid 1191)reúne todas las características que lo hacen complejo en cuanto a las denominaciones de los testimonios: está constituida por un número elevado de testimonios (50), de los cuales 36 (más 3 fragmentos) son medievales, que han cambiado de poseedores y que se han editado y estudiado haciendo uso de designaciones que ya no corresponden a las de hoy. En consecuencia, muchas preguntas importantes han estado en el aire durante décadas, incluso durante siglos, sobre la tradición manuscrita y las ediciones existentes del Fuero Juzgo: ¿qué manuscrito editó Villadiego en 1600? ¿A qué manuscritos corresponden exactamente las denominaciones que utilizó la RAE en su edición de 1815? ¿Están en el aparato de la edición académica de 1815 los manuscritos que editaron Mencé (1996) u Orazi (1997)? Por muy sorprendente que pueda parecer, nadie hasta la fecha ha intentado establecer una lista completa de correspondencias entre las denominaciones antiguas y las signaturas modernas de los testimonios del Fuero juzgo, como tampoco se ha identificado el manuscrito editado por Villadiego en 1600, y ni siquiera en las ediciones de Mencé y de Orazi se llega a indicar a qué denominaciones académicas (RAE 1815) correspondían los manuscritos escurialenses editados por ambas autoras (Z-III-6 y Z-III-21 respectivamente).
En PhiloBiblon hasta ahora [abril/mayo de 2024] sólo se presentaban tres concordancias entre denominaciones antiguas y signaturas modernas, extraídas del catálogo de Zarco Cuevas (1924, 1926, 1929). A estas referencias se limitaba casi el estado de la cuestión, al que debemos añadir otras tres informaciones. En el caso de los otros dos códices estudiados por Orazi (escurialenses P-II-17 y M-II-18), esta autora sí consignó la correspondencia con la denominación académica (Orazi 1997: 40 y 41). A su vez, en su estudio sobre Dialectalismos leoneses de un códice del Fuero Juzgo, García Blanco (1927: 7) identificó el manuscrito que estudió –BNE 5814– con el número 16 de los citados en la edición de la RAE 1815, es decir, con Biblioteca Real 2. Por lo tanto, antes de nuestras investigaciones podríamos contabilizar en total seis concordancias publicadas, de las cuales una, como veremos más adelante, es incorrecta.
En comparación con otra tradición manuscrita muy próxima, la de las Siete Partidas, también con un juego de denominaciones académicas (empleado en la edición de la RAH de 1807) necesitado de correspondencias a las signaturas actuales, el caso del Fuero Juzgo sale bastante mal parado. Para las Partidas, García y García (1985: 255-57 apud Fradejas Rueda 2021: 23) compuso hace ya cuatro décadas una tabla de correspondencias entre las designaciones de la RAH y las signaturas actuales (v. esa tabla adaptada en Fradejas Rueda 2021: 23).
En vista del vacío de conocimiento, y al hilo de nuestras investigaciones sobre el Fuero Juzgo, las autoras de este post nos hemos dedicado en los últimos años a identificar los manuscritos que se esconden tras denominaciones distintas y también hemos localizado, mediante una serie de cotejos textuales, el manuscrito que editó Villadiego en 1600. Hemos dado cuenta del juego completo de concordancias en dos conferencias (Castillo Lluch/Mabille 2022 y Castillo Lluch 2023), cuyas versiones escritas se hallan en prensa en este momento (Castillo Lluch/Mabille y Castillo Lluch/García López). En ambas publicaciones se hace mención a la aportación común de Castillo Lluch y Camino Martínez a esa lista de correspondencias mediante intercambios al respecto producidos entre 2021 y 2023.
En este post presentamos los resultados de nuestra investigación, con los que nos complace contribuir a la mejora de las noticias de PhiloBiblon. Empezaremos analizando las tres referencias que debemos a Zarco, ofreceremos después el listado de correspondencias de denominaciones antiguas y signaturas modernas que hemos conseguido establecer y, para terminar, nos referiremos a la edición de Villadiego (1600), preguntándonos por el manuscrito que copió.
Zarco Cuevas (1924, 1926, 1929) cataloga el conjunto de manuscritos del Fuero Juzgo custodiados en la Real Biblioteca de El Escorial, y para todo ese conjunto (v. p. 116 del vol. 1 de su catálogo, donde, en la ficha dedicada a d-III-18, menciona la existencia de M-II-18, M-III-5, P-II-17, Z-II-9, Z-III-6, Z-III-18 y Z-III-21), consigue ofrecer tres correspondencias con las denominaciones de la edición académica:
- d-III-18 = ‟Escurialense 3º” en la edición de la RAE (Zarco Cuevas 1924: I, 116).
- M-II-18 = ‟Escurialense 3º” en la edición de la Academia (Zarco Cuevas 1926: II, 284).
- Z-III-18 = ‟Escurialense 2º” en la edición de la ‟Academia de la Historia” (sic, léase RAE) (Zarco Cuevas 1929: III, 149).
La concordancia de ‟Escurialense 3º” con dos manuscritos es, evidentemente, errónea, pues a cada uno de esos dos debería corresponderle una denominación distinta en la edición académica. Zarco se equivocó con M-II-18, que en realidad es el designado como ‟Escorial 5º” en el aparato de variantes de la RAE, si bien la descripción inicial que los académicos ofrecen de ese manuscrito escurialense 5º (RAE 1815: prólogo, 5-6) corresponde a Z-II-9. Se suman aquí, por tanto, dos fallos: uno de la RAE al describir Z-II-9 en el prólogo a su edición dándole por nombre Escorial 5º, pero después no incluyéndolo en su aparato, y en su lugar introduciendo las variantes de M-II-18; y el de Zarco Cuevas, que asimila M-II-18 a Escurialense 3º.
Otro detalle que debe tenerse en cuenta es que el número de testimonios medievales que tuvo la Academia para su edición de 1815 fue de 21; pero, en la práctica, ofrece el texto de Murcia en el cuerpo de la página y en el aparato crítico recoge las variantes de 16 códices (omite las de BR4, BR5, BR6 y las de Z-II-9, que había descrito en el prólogo por error como Esc 5, pues, como se acaba de ver, en el aparato Esc 5 es M-II-18).
Ofrecemos a continuación el listado de los manuscritos del Fuero Juzgo que manejaron los académicos para su edición de 1815 y décadas antes Andrés Marcos Burriel (1755), primer editor del manuscrito de Murcia y precursor de la edición académica, por su elección de ese códice como manuscrito óptimo y porque incluye variantes de otros dos manuscritos romances que desconoció la Academia (actuales T 43-9 y T 43-10). Incorporamos también la información relativa a la edición de Rafael Floranes (1780), basada en RAE 54, que cotejó con RAE 53, con otro de su propiedad que no tuvo la RAE para su edición (RAE 293), y con el texto editado por Villadiego (Camino Martínez 2021 y 2022). Entre paréntesis se indican los manuscritos que la Academia tuvo a la vista, pero que no incluyó en su aparato crítico. La última columna de la tabla contiene la identificación a partir de las signaturas actuales de los manuscritos que fueron editados sin indicar, por desconocimiento, a qué denominación de la RAE correspondían (obviamente esto no hace para las ediciones de Villadiego, Burriel o Floranes, anteriores a la edición académica).
Por último, expondremos cuál era el estado de la cuestión con respecto al manuscrito editado por Villadiego en 1600 y el procedimiento que hemos seguido para identificarlo. En las ‟Advertencias necesarias a la claridad desta obra” que preceden a su edición, Villadiego (1600: 7) se limitaba a informar de que el códice del que copiaba procedía de ‟vna libreria muy antigua, escrito de mano, y en pergamino” y que Antonio de Covarrubias lo estudió y comentó entre 1596 y 1598. Entre los preliminares de ese impreso de Villadiego, se encuentra un ‟Testimonio de la libreria de la santa Iglesia de Toledo” en el que se confirma que concordaba el texto del original de imprenta de Villadiego con el ‟Fuero Iuzgo que tiene esta santa Iglesia mayor en su libreria”. Siglo y medio más tarde, Burriel (1754: 270-271) también indicaba que esa edición se basaba en un ‟tomo manuscrito de la Iglesia de Toledo”. Ahora bien, en un estudio reciente (cf. Castillo Lluch y Mabille 2021: 80, n. 11), tras haber examinado algunos pasajes del texto de la edición de 1600, hemos podido probar que el testimonio que copia Alonso Villadiego no es el de ninguno de los toledanos que manejó Burriel (T4, T5, T6) ni tampoco es T 15-37. Dado que hoy no se conserva ningún manuscrito antiguo en Toledo que no sean T5 (T 43-9), T6 (T 43-10) y T 15-37, y que T4 (hoy BNE Vitr. 17-10) tampoco es el modelo, ¿se trataría de un manuscrito que se conservaba en Toledo antes del siglo XVII y después se desplazó a otro lugar? Ignoramos muchos detalles de la conservación de los distintos manuscritos en diversos repositorios, pero en el caso de algunos, como, por ejemplo, RAE 54, hemos inferido, a partir de unas anotaciones en el recto del primer folio que había quedado en blanco, que ‟en el último cuarto del siglo XIV debía encontrarse en Toledo” (Camino Martínez 2018: 74). Mediante un cotejo de un fragmento de 8.2.1 de la edición de Villadiego con, además de los cuatro toledanos ya mencionados, 24 manuscritos antiguos a nuestra disposición (escurialenses Z.III.21, P.II.17, M.II.18, M.III.5, d.III.18, Z.III.6, Z.III.18, académicos 49, 50, 51, 53, 54, 293, el BNF 256, el Hisp. 6 de la Bayerische Staatsbibliothek, el IL 111 de Lisboa, el de Estocolmo, el de la Biblioteca Real de Copenhague, el de Oxford, los de las fundaciones Lázaro Galdiano y Bartolomé March y los de la BNE 5774, 5814 y 244), hemos logrado identificar ese testimonio occidental que edita Villadiego en 1600 como BNE 5814 (véanse imágenes 3 y 4). Dos datos concordantes adicionales son: 1) el número de folios del manuscrito (‟ciento y setenta y tres hojas”) que Ambrosio Mexia, el escribano público que se encargó de comprobar la concordancia del original de imprenta de Villadiego con su modelo, hizo constar y que coincide con el de BNE 5814 (cf. ‟Testimonio de la librería de la santa Iglesia de Toledo” entre los preliminares de la edición de Villadiego); y 2) la rúbrica sistemática de cada página del manuscrito por Ambrosio Mexia durante el proceso de comprobación de la adecuación del original de imprenta al modelo (‟en cada hoja està rubricado de vna rubrica de mi firma”) (v. Imagen 5).
Imagen 5: Folios 171v y 172r del ms. BNE 5814 con la rúbrica en el margen inferior de Ambrosio Mexia, escribano público, que comprobó la concordancia entre el original de imprenta de Villadiego y el manuscrito que en aquel momento se encontraba en la librería de la catedral de Toledo.
La identificación de este manuscrito permite ahora a los investigadores al menos dos cosas: controlar la calidad de la edición de Villadiego, tan a menudo criticada por editores posteriores, y valorar la decisión del siguiente editor del Fuero Juzgo en el tiempo: Andrés Marcos Burriel (1755), que prefirió editar el manuscrito de Murcia. La lista completa de concordancias entre denominaciones antiguas y signaturas actuales de los testimonios que nos han transmitido el Fuero Juzgo aclarará a toda persona interesada por este texto a qué manuscritos exactamente han hecho referencia desde hace décadas estudiosos que nos han dejado lecciones importantes sobre la ley visigótica en romance utilizando la nomenclatura de la edición de la RAE (pensamos en Yolanda García López 1996 y en José Manuel Pérez Prendes 1957) o la de Floranes (Mª Luz Alonso Martín 1983 y 1985). La incorporación a PhiloBiblon de nuestras concordancias garantiza que esta información esté a partir de ahora fácilmente accesible para toda la comunidad científica.
Ediciones citadas
Burriel, Andrés Marcos (1755), Fuero Juzgo ò Codigo de las leyes que los reyes godos promulgaron en España. Traducido del original latino en lenguage castellano antiguo por mandado del Santo Rey D.n Fernando III.º, copiado de un exemplar autentico del Archivo de la Ciudad de Murcia, y de otros tres mss. antiquisimos de la libreria de la S.ta Iglesia de Toledo, ajustado al original latino, ilustrado, y corregido por el P.e Andrès Marcos Burriel de la Comp. de Jesus, Manuscrito BNE 683.
Floranes, Rafael (1780) Fuero Juzgo. Manuscrito cotejado con varios exemplares, Manuscrito BNE 10344.
Mencé, Corinne (1996), Fuero juzgo (Manuscrit Z.iii.6 de la Bibliothèque de San Lorenzo de El Escorial), 3 vols., Lille, ANRT.
Orazi, Verónica (1997), El dialecto leonés antiguo (edición, estudio lingüístico y glosario del Fuero Juzgo según el ms. Escurialense Z.iii.21), Madrid, Universidad Europea-CEES Ediciones.
Real Academia Española (ed.) (2015 [1815]), Fuero Juzgo en latín y castellano, cotejado con los más antiguos y preciosos códices, con estudio preliminar de Santos M. Coronas González, Madrid, Agencia Oficial Boletín Oficial del Estado.
Villadiego Vascuñana y Montoya, Alonso (1600), Forus antiquus gothorum regnum Hispaniae, olim Liber Iudicum hodie Fuero Iuzgo nuncupatus, Madrid, Pedro Madrigal.
Bibliografía secundaria
Alonso Martín, Mª Luz (1983), ‟Nuevos datos sobre el Fuero o Libro castellano: Notas para su estudio”, Anuario de Historia del Derecho Español LIII, 423-45.
Alonso Martín, Mª Luz (1985), ‟Observaciones sobre el Fuero de los Castellanos y las leyes de Nuño González”, Anuario de Historia del Derecho Español LV, 773-7\81.
Camino Martínez, Carmen del (2018), ‟Notarios, escritura y libros jurídicos. Algunas consideraciones”, en Miguel Calleja-Puerta y María Luisa Domínguez-Guerrero (eds.), Escritura, notariado y espacio urbano en la Corona de Castilla y Portugal (siglos xii-xvii), Gijón, Trea, 63-79.
Camino Martínez, Carmen del (2021), ‟En torno al Libro de Nuño González y algunos manuscritos toledanos del Fuero Juzgo”, en Juan Carlos Galende Díaz (dir.) y Nicolás Ávila Seoane (coord.), Libro homenaje al profesor don Ángel Riesco Terrero, Madrid, ANABAD Federación y Universidad Complutense de Madrid, 65-74.
Camino Martínez, Carmen del (2022), ‟El erudito, el calígrafo y dos ejemplares dieciochescos del Fuero Juzgo”, comunicación presentada en el coloquio Los manuscritos del Fuero Juzgo: abordaje interdisciplinar, Université de Lausanne, 11-12 de noviembre de 2022.
Castillo Lluch, Mónica (2022), ‟La tradición manuscrita del Fuero Juzgo: una visión de conjunto”, comunicación presentada con Charles Mabille en el XII Congreso Internacional de Historia de la Lengua Española, Universidad de León, 16 de mayo de 2022.
Castillo Lluch, Mónica (2023), ‟The Visigothic Code and the Fuero Juzgo: The Transmission and Translation of Law from Latin to Romance”, conferencia pronunciada en Yale University, 28 de abril de 2023.
Castillo Lluch, Mónica y Mabille, Charles (2021), ‟El Fuero Juzgo en el ms. BNE 683 (1755) de Andrés Marcos Burriel”, Scriptum digital 10, 75-107.
Castillo Lluch, Mónica y Mabille, Charles (en prensa), ‟Hacia un stemma codicum del Fuero Juzgo desde el Humanismo hasta hoy”, en Actas del XII Congreso Internacional de Historia de la Lengua Española.
Castillo Lluch, Mónica y García López, Yolanda (en prensa), ‟The Visigothic Code and the Fuero Juzgo: The Transmission and Translation of Law from Latin to Romance”, en Noel Lenski y Damián Fernández (eds.), Lex Visigothorum, Cambridge University Press.
Fradejas Rueda, José Manuel (2021), ‟Los testimonios castellanos de las Siete Partidas”, en José Manuel Fradejas Rueda, Enrique Jerez Cabrero, y Ricardo Pichel (eds.), Las Siete Partidas del Rey Sabio: una aproximación desde la filología digital y material, Madrid/Frankfurt, Iberoamericana/Vervuert, 21-35.
García Blanco, Manuel (1927), Dialectalismos leoneses de un Códice del Fuero Juzgo, Salamanca, Imp. Silvestre Ferreira.
García López, Yolanda (1996), Estudios críticos y literarios de la ‟Lex Wisigothorum”, Alcalá de Henares, Servicio de publicaciones de la Universidad de Alcalá.
Pérez-Prendes Muñoz de Arraco, José Manuel (1957), La versión romanceada del Liber Iudiciorum. Algunos datos sobre sus variantes y peculiaridades, Tesis doctoral inédita dirigida por Manuel Torres López, Madrid, Universidad Complutense.
Zarco Cuevas, Julián (1924, 1926, 1929, 3 vols.), Catálogo de los manuscritos castellanos de la Real Biblioteca de El Escorial dedicado a S.M. el rey don Alfonso XIII, Madrid, Imprenta Helénica (vols 1 y 2) y San Lorenzo de El Escorial, Imprenta del Real Monasterio de El Escorial (vol. 3).
PhiloBiblon 2023 n. 2 (marzo). Fuero parece, Real lo es: BH MSS 345 de la Biblioteca Histórica ‟Marqués de Valdecilla”
Mónica Castillo Lluch
Université de Lausanne
El manuscrito BH MSS 345, custodiado en la Biblioteca Histórica ‟Marqués de Valdecilla” de la Universidad Complutense de Madrid, fue catalogado bajo los títulos ‟Libro del fuero que dio el Rey don Alfonso a la uilla de Sant fagunt” y ‟Fuero de Sahagún”, por comenzar su texto de este modo: ‟Este es el libro del fuero que dio el Rey don Alfonso a la villa de Sant Fagunt” (f. 4r, v. imagen 2). Como Fuero de Sahagún se encuentra hasta hoy (18 de marzo de 2023) en el catálogo de la Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid y hasta hace varios días así en PhiloBiblon, bajo BETA texid 2443 con el registro BETA cnum 9301.
Ahora bien, la catalogación de este códice como Fuero de Sahagún es errónea, pues el texto que contiene es el del Fuero Real, como anuncian inequívocamente los índices de sus cuatro libros (ff. 1v-3v) y como revela la lectura del texto. El códice procede del Museo-Laboratorio jurídico ‟Ureña” de la Facultad de Derecho de la Universidad Central (lleva su sello en diversos folios) y por ello sorprende que hasta hoy no haya sido identificado como testimonio del Fuero Real, lo que se comprueba consultando la nómina de manuscritos que ofrecen Martínez Diez en su edición (1988: 22-72) y Fernando Gómez Redondo y José Manuel Lucía Megías en el Diccionario filológico de literatura medieval española (2002: 11-15). Consecuentemente tampoco ha figurado hasta ahora este testimonio entre los que da PhiloBiblon del Fuero Real (BETA texid 1006), error que ya se ha corregido, enlazando el registro con el testimonio en BETA cnum 9301.
Dos razones explican la catalogación defectuosa: de un lado, el título de Fuero Real es moderno –de finales del siglo XV-, y los códices antiguos no lo llevaban; en los pocos códices en los que aparece un título este es el de Libro del fuero, Libro del fuero de las leyes, Libro de las leyes, Libro de Flores o Flores (Martínez Diez 1988: 78-79 y BETA texid 1006). De otro, numerosos códices del Fuero Real se destinaron a localidades concretas (Martínez Diez 1988: 80-91), mediante la fórmula inicial de ‟Libro del fuero que dio el Rey don Alfonso a Burgos, Valladolid, Santo Domingo, Carrión… ”, lo que provoca confusión a la hora de identificar el texto, que se puede interpretar como fuero de esa villa (otro ejemplo del mismo tipo de error es que el códice de Filadelfia del Fuero Real (BETA cnum 3676) aparece como Fuero de Burgos en el CORDE; cf. Rodríguez Molina y Octavio de Toledo y Huerta 2017: 29).
Por desgracia al códice BH MSS 345 le faltan los últimos folios y, por tanto, la data, por lo que nunca sabremos si en la fórmula habitual ‟Este libro fue fecho e acabado en Valladolit por mandado del rey don Alfonso … días andados del mes de… era de 1293” figuraba la fecha de 18 de julio, la de 25 de agosto u otra de ese año 1255. Si nos atenemos al otro ejemplar que se ha conservado del Fuero Real destinado a Sahagún (esc. Z-II-8), que Martínez Diez (1988: 44) fecha de mediados del siglo XIV, y asumiendo que este fuera copia de BH MSS 345 –lo que está por probar–, esa fecha habría sido el 30 de agosto (o el 25, si hubo error de lectura, cf. Martínez Diez 1988: 83). En cualquier caso, merece la pena mencionar que el verdadero Fuero de Sahagún concedido por Alfonso X (BETA texid 2443 en PhiloBiblon) el 25 de abril de 1255, que se conserva en un privilegio rodado original (AHN, Clero Regular-Secular: car. 917, n. 13 BETA cnum 3569), en su dispositivo hace mención de que el rey otorga a la villa el Fuero Real como supletorio: ‟todas las otras cosas que aquí nõ son escriptas, que se judguen todos los de Sant Fagund, cristianos e judíos e moros pora siempre por el otro fuero que les damos en un libro escripto e seellado de nuestro seello de plomo” (texto apud BNE MSS/18128, f. 80v. Cf. Barrero García 1972: 404 y Martínez Diez 1988: 92 y 108).
¿Podría ser BH MSS 345 ese libro del Fuero Real escrito y sellado en 1255? Sin pretender dar una respuesta definitiva a pregunta tan importante en esta nota, cabe aquí al menos apuntar que rasgos textuales, codicológicos, paleográficos y diplomáticos de este códice revelan su antigüedad y hacen verosímil que pueda tratarse de un testimonio salido de la cancillería real en el verano de aquel año.
Desde el punto de vista textual, de confirmarse que BH MSS 345 es el arquetipo de Z-II-8, la calidad del texto de este último (‟ofrece un texto excelente del Fuero Real”, según Martínez Diez (1988: 45), y fue el testimonio elegido por la RAH para su edición de 1836) apuntaría a una fecha temprana de redacción. Entre los aspectos codicológicos y paleográficos que apoyarían la antigüedad del testimonio, podrían señalarse el intercolumnio partido para destacar las capitales, estas mismas capitales destacadas, las ocurrencias de d semiuncial interior ante vocal de trazo curvo o de r de martillo en los grupos br, pr (cf. Rodríguez Díaz, próxima publicación).
Pero hay otro elemento codicológico que nos interesa subrayar por su posible asociación más precisa con 1255. Sahagún era por aquel tiempo una villa de la merindad mayor de Castilla (Martínez Diez 1988: 110), como otras a las que posiblemente se les concedió de modo general el Fuero Real en la primavera de 1255 (Iglesia Ferreirós 1971: 950 y Craddock 1981: 384-385). Esto explicaría la intensísima actividad de la cancillería en el verano que siguió, durante el que se multiplicarían en ella los ejemplares del Fuero Real. Como ya se ha indicado, gran parte de esos libros iban destinados nominalmente a las villas (Martínez Diez 1988: 80), y para facilitar la producción en masa de estos se recurrió al método del formulario: se dejaba en blanco el espacio del nombre de la villa, que se rellenaría después. Esto explicaría que en ese punto del texto varios de los códices que se han conservado presenten el nombre sobre un raspado (Burgos en Z-III-13, siguiendo a Craddock 1981: 385) o anacolutos (Z-III-17, ibidem), así como quizá la gran variabilidad de las fórmulas genéricas (Martínez Diez 1988: 81). Pues bien, en el caso de BH MSS 345, su diseño se corresponde a todas luces con el de un formulario: se dejó ese hueco rellenado después con una letra de módulo superior a la del resto del texto, de diferente factura y con tinta de tono más oscuro. En cuanto a la rúbrica, ha de pensarse en una intervención posterior a la inserción del nombre de la villa destinataria, pues en ella no se aprecia el mismo fenómeno.
Confirma el carácter de formulario el hecho de que en la ley de las iglesias juraderas (2.12.3, f. 33r), se dejaron 7 líneas en blanco (12-18a) para que se rellenaran después con precisión de la iglesia en cuestión en función de la villa a la que se destinaba (Martínez Diez 1988: 86-87). Parece ser la misma mano del f. 4r la que rellena esas líneas y lo hace con la mención de la iglesia de Santiago, una de las principales de Sahagún en aquel momento (cf. imagen 3).
Por último, cabe señalar que el pergamino de todo el códice está taladrado en su vértice inferior izquierdo para pasar los hilos de seda de los que colgaría el sello de plomo que lo validaría como emitido en la cancillería real (cf. imágenes 3 y 4). Este parece ser uno de los métodos habituales de aposición de sellos en los cuadernos y libros alfonsíes (Ruiz Asencio 1988: 153).
En definitiva, estimo que este testimonio del Fuero Real que viene ahora a sumarse a la lista de los que ya se conocían podría haber sido producido en 1255 a partir del original de la cancillería real. Corresponde ahora examinarlo en detalle desde un punto de vista estructural, paleográfico, codicológico y lingüístico para poder confirmar esta primera impresión. El trabajo en curso de Inés Fernández-Ordóñez y Elena Rodríguez Díaz (2021) sobre el manuscrito BNE MSS/7798 (BETA manid 3086), también recientemente identificado como un nuevo manuscrito antiguo del Fuero Real, podrá tener en cuenta BH MSS 345, evaluarlo a la luz del resto de la tradición manuscrita y valorar si se produjo, junto a otros de los testimonios conservados, como original múltiple. Entre estos podrían igualmente encontrarse los membra disiecta de un manuscrito custodiado en el Archivo de la Real Cancillería de Valladolid (BETA manid 5754) al que en este mismo blog dedicó Jerry Craddock un post en 2016 (The original manuscript of the Fuero real (Valladolid: Archivo de la Real Chancillería?).
Otra buena noticia es que la Biblioteca Histórica ‟Marqués de Valdecilla” está redactando actualmente un adendum a su catálogo y que rectificará el registro de este códice en breve, lo que ya ha sucedido en PhiloBiblon.
P.D. Precisamente a base de esta noticia de la profesora Castillo Lluch hemos podido rectificar los registros de PhiloBiblon, quitando el enlace de BETA cnum 9301 con el registro del Fuero de Sahagún (BETA texid 2443) para enlazar este testimonio correctamente con el registro del Fuero real (BETA texid 1006). [Charles Faulhaber]
Bibliografía
Barrero García, Ana María (1972), ‟Los fueros de Sahagún”, AHDE 42, 385-597.
Craddock, Jerry (1981), ‟La cronología de las obras legislativas de Alfonso X el Sabio”, AHDE 51, 365-418.
Fernández-Ordóñez, Inés y Rodríguez Díaz, Elena (2021), ‟Un manuscrito del siglo XIII del Fuero real”, comunicación presentada en “Alfonso X y el poder de la literatura (1221-2021)”. Congreso internacional, Iemyrhd, Universidad de Salamanca, 2021 (22-24 de noviembre).
Gómez Redondo, Fernando y Lucía Megías, José Manuel (2002), ‟Fuero Real”, en Alvar, Carlos y Lucía Megías, José Manuel, Diccionario filológico de literatura medieval española: textos y transmisión, Madrid, Castalia, 11-15.
Iglesia Ferreirós, Aquilino (1971), ‟Las Cortes de Zamora de 1274 y los casos de corte”, AHDE 41, 945-72.
Martínez Diez, Gonzalo (1988), Leyes de Alfonso X. II. Fuero Real (edición y análisis crítico), Ávila, Fundación Sánchez Albornoz.
Rodríguez Díaz, Elena (próxima publicación), ‟Elementos para fechar los códices leoneses y castellanos según los manuscritos datados (ss. XII y XIII)”, en Ángeles Romero Cambrón (ed.), La ley de los godos. Estudios selectos, Peter Lang.
Rodríguez Molina, Javier y Octavio de Toledo y Huerta, Álvaro (2017), ‟La imprescindible distinción entre texto y testimonio: el CORDE y los criterios de fiabilidad lingüística”, Scriptum digital. Revista de corpus diacrònics i edició digital en Llengües iberoromàniques 6, 5-68.
Ruiz Asencio, José Manuel (1988), ‟Estudio paleográfico”, en Gonzalo Martínez Diez, Leyes de Alfonso X. II. Fuero Real, Ávila, Fundación Sánchez Albornoz, 133-59.
PhiloBiblon 2016 n. 5 (agosto)
Nos es muy grato anunciar la quinta entrega de PhiloBiblon para 2016. Como novedades podemos anunciar que:
En BETA seguimos trabajando los manuscritos históricos de la Bancroft Library (Berkeley), con nuevas copias de la Crónica de los RR.CC. de Hernando del Pulgar, de la Crónica de Fernando IV de Fernán Sánchez de Valladolid y de la Crónica castellana de Enrique IV del seudo-Alfonso de Palencia. Gracias a la ayuda de los amigos Pedro Pinto y José Manuel Fradejas seguimos tambien con los pergaminos del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, fragmentos extraídos de capas de expedientes administrativos, principalmente de las Siete partidas y el Fuero juzgo.
En BITAGAP se puede ver ya un listado de los varios milagros que componen la coleccíón de los “Milagres do Bom Jesus”; véase BITAGAP texid 1315. También son de notar la Carta de cirurgião a Mestre David Hayad, porquanto o rei fora certo, por Mestre António, seu cirurgião-mor, que o examinara e o achara idóneo e competente para usar da dita cirurgia e arte, o qual não exercia com medo de ser preso, por bem das ordenações en el Arquivo Nacional Torre do Tombo (manid 6557) y el Inventário de peças de armadura e outros apetrechos de guerra para o socorro de Ceuta en el Arquivo da Câmara Municipal de Lisboa (manid 6555).
En BITECA se han añadido materiales para las Costums de Tortosa y las Lletres a Lucill de Séneca el filósofo.
BETA
Charles B. Faulhaber, University of California, Berkeley
Ángel Gómez Moreno, Universidad Complutense de Madrid
Nicasio Salvador Miguel, Universidad Complutense de Madrid
Antonio Cortijo, University of California, Santa Barbara
María Morrás, Universitat Pompeu Fabra
Óscar Perea Rodríguez, Lancaster University
Álvaro Bustos Táuler, Universidad Complutense de Madrid
Elena González Blanco, Universidad Nacional de Educación a Distancia
BITAGAP
Arthur L-F. Askins, University of California, Berkeley
Harvey L. Sharrer, University of California, Santa Barbara
Martha E. Schaffer, University of San Francisco
Cristina Sobral, Universidade de Lisboa
Pedro Pinto, Universidade Nova de Lisboa
Filipe Alves Moreira, Universidade do Porto
Mariña Arbor Aldea, Universidade de Santiago de Compostela
Maria de Lurdes Rosa, Universidade Nova de Lisboa
Ricardo Pichel. Universidade de Santiago de Compostela
BITECA
Gemma Avenoza, Universitat de Barcelona
Lourdes Soriano, Universitat de Barcelona
Vicenç Beltran, Universitat de Barcelona – Università di Roma “La Sapienza”