PhiloBiblon 2024 n. 4 (mayo) Los manuscritos del Fuero Juzgo: denominaciones antiguas y signaturas modernas

Mónica Castillo Lluch
(Université de Lausanne)

Carmen del Camino Martínez
(Universidad de Sevilla)

 

Tan nocivos como el fuego y otros desastres naturales pueden resultar para el conocimiento de los textos antiguos los cambios de denominación de los manuscritos. La confusión que produce un nuevo nombre o signatura en un testimonio puede obstaculizar, o incluso impedir, el avance de la investigación, por lo que a filólogos e historiadores se nos impone, como primer paso para el estudio de una tradición manuscrita, la aclaración de las concordancias entre las denominaciones de cada pieza, mutantes a lo largo del tiempo. Descifrar esos códigos puede ser una tarea más o menos exigente en función de la edad de los manuscritos: cuanto más antiguo es un testimonio, mayor cantidad de mudanzas ha podido sufrir de una biblioteca a otra, y más cambios posibles de signaturas. Si además tratamos con tradiciones complejas, compuestas de abundantes testimonios, la dificultad se multiplica.

El caso de la tradición manuscrita del Fuero Juzgo reúne todas las características que lo hacen complejo en cuanto a las denominaciones de los testimonios: está constituida por un número elevado de testimonios (50), de los cuales 36 (más 3 fragmentos) son medievales, que han cambiado de poseedores y que se han editado y estudiado haciendo uso de designaciones que ya no corresponden a las de hoy. En consecuencia, muchas preguntas importantes han estado en el aire durante décadas, incluso durante siglos, sobre la tradición manuscrita y las ediciones existentes del Fuero Juzgo: ¿qué manuscrito editó Villadiego en 1600? ¿A qué manuscritos corresponden exactamente las denominaciones que utilizó la RAE en su edición de 1815? ¿Están en el aparato de la edición académica de 1815 los manuscritos que editaron Mencé (1996) u Orazi (1997)? Por muy sorprendente que pueda parecer, nadie hasta la fecha ha intentado establecer una lista completa de correspondencias entre las denominaciones antiguas y las signaturas modernas de los testimonios del Fuero juzgo, como tampoco se ha identificado el manuscrito editado por Villadiego en 1600, y ni siquiera en las ediciones de Mencé y de Orazi se llega a indicar a qué denominaciones académicas (RAE 1815) correspondían los manuscritos escurialenses editados por ambas autoras (Z-III-21 y Z-III-6 respectivamente).

Hasta el momento de publicarse esta entrada, en PhiloBiblon solo se presentaban tres concordancias entre denominaciones antiguas y signaturas modernas, extraídas del catálogo de Zarco Cuevas (1924, 1926, 1929). A estas referencias se limitaba casi el estado de la cuestión, al que debemos añadir otras tres informaciones. En el caso de los otros dos códices estudiados por Orazi (escurialenses P-II-17 y M-II-18), esta autora sí consignó la correspondencia con la denominación académica (Orazi 1997: 40 y 41). A su vez, en su estudio sobre Dialectalismos leoneses de un códice del Fuero Juzgo, García Blanco (1927: 7) identificó el manuscrito que estudió –BNE 5814– con el número 16 de los citados en la edición de la RAE 1815, es decir, con Biblioteca Real 2. Por lo tanto, antes de nuestras investigaciones podríamos contabilizar en total seis concordancias publicadas, de las cuales una, como veremos más adelante, es incorrecta.

El caso del Fuero Juzgo sale bastante mal parado en comparación con otra tradición manuscrita muy próxima: la de las Siete Partidas, que cuenta asimismo con un juego de denominaciones académicas, el empleado en la edición de la RAH de 1807,  muy necesitado de correspondencias con las signaturas actuales. Para las Partidas, García y García (1985: 255-257 apud Fradejas Rueda 2021: 23) compuso hace ya cuatro décadas una tabla de correspondencias entre las designaciones de la RAH y las signaturas actuales (véase la tabla adaptada en Fradejas Rueda 2021: 23).

En vista del vacío de conocimiento, y al hilo de nuestras investigaciones sobre el Fuero Juzgo, nos hemos dedicado en los últimos años a identificar los manuscritos que se esconden tras denominaciones distintas y también hemos localizado, mediante una serie de cotejos textuales, el manuscrito que editó Villadiego en 1600. Hemos dado cuenta del juego completo de concordancias en dos conferencias (Castillo Lluch/Mabille 2022 y Castillo Lluch 2023), cuyas versiones escritas se hallan en prensa en este momento (Castillo Lluch/Mabille y Castillo Lluch/García López). En ambas publicaciones se hace mención a la aportación común de Castillo Lluch y Camino Martínez a esa lista de correspondencias mediante intercambios al respecto producidos entre 2021 y 2023.

Listado manuscritos Fuero Juzgo
Listado del conjunto de mss. del Fuero Juzgo con las correspondencias a las denominaciones de la RAE en los testimonios precedidos de asterisco (Castillo Lluch, conferencia en Yale University, abril 2023)

En este post presentamos los resultados de nuestra investigación, con los que nos complace contribuir a la mejora de los registros de PhiloBiblon. Empezaremos analizando las tres referencias que debemos a Zarco, ofreceremos después el listado de correspondencias de denominaciones antiguas y signaturas modernas que hemos conseguido establecer y, para terminar, nos referiremos a la edición de Villadiego (1600), preguntándonos por el manuscrito que copió.

Zarco Cuevas (1924, 1926, 1929) cataloga el conjunto de manuscritos del Fuero Juzgo custodiados en la Real Biblioteca de El Escorial, y para todo ese conjunto (v. p. 116 del vol. 1 de su catálogo, donde, en la ficha dedicada a d-III-18, menciona la existencia de M-II-18, M-III-5, P-II-17, Z-II-9, Z-III-6, Z-III-18 y Z-III-21), consigue ofrecer tres correspondencias con las denominaciones de la edición académica:

  • d-III-18 = ‟Escurialense 3º” en la edición de la RAE (Zarco Cuevas 1924: I, 116).
  • M-II-18 = ‟Escurialense 3º” en la edición de la Academia (Zarco Cuevas 1926: II, 284).
  • Z-III-18 = ‟Escurialense 2º” en la edición de la ‟Academia de la Historia” (sic, léase RAE) (Zarco Cuevas 1929: III, 149).

La concordancia de ‟Escurialense 3º” con dos manuscritos es, evidentemente, errónea, pues a cada uno de esos dos debería corresponderle una denominación distinta en la edición académica. Zarco se equivocó con M-II-18, que en realidad es el designado como ‟Escorial 5º” en el aparato de variantes de la RAE, si bien la descripción inicial que los académicos ofrecen de ese manuscrito escurialense 5º (RAE 1815: prólogo, 5-6) corresponde a Z-II-9. Se suman aquí, por tanto, dos fallos: uno de la RAE al describir Z-II-9 en el prólogo a su edición dándole por nombre Escorial 5º, pero después no incluyéndolo en su aparato, y en su lugar introduciendo las variantes de M-II-18; y el de Zarco Cuevas, que asimila M-II-18 a Escurialense 3º.

Otro detalle que debe tenerse en cuenta es que el número de testimonios medievales que tuvo la Academia para su edición de 1815 fue de 21; pero, en la práctica, se ofrece el texto de Murcia en el cuerpo de la página y en el aparato crítico recoge las variantes de 16 códices (omite las de BR4, BR5, BR6 y las de Z-II-9, que había descrito en el prólogo por error como Esc 5, pues, como se acaba de ver, en el aparato Esc 5 es M-II-18).

Ofrecemos a continuación el listado de los manuscritos del Fuero Juzgo que manejaron los académicos para su edición de 1815, y también la que usó algunas décadas más atrás Andrés Marcos Burriel (1755), primer editor del manuscrito de Murcia y precursor de la edición académica, por haber elegido ese códice como manuscrito óptimo y porque incluye variantes de otros dos manuscritos romances que desconoció la Academia (actuales T 43-9 y T 43-10). Incorporamos también la información relativa a la edición de Rafael Floranes (1780), basada en el códice RAE 54, que cotejó con RAE 53, con otro de su propiedad que no tuvo la RAE para su edición (RAE 293), y también con el texto editado por Villadiego (Camino Martínez 2021 y 2022). Entre paréntesis se indican los manuscritos que la Academia tuvo a la vista, pero que no incluyó en su aparato crítico. La última columna de la tabla contiene la identificación a partir de las signaturas actuales de los manuscritos que fueron editados sin indicar, por desconocimiento, a qué denominación de la RAE correspondían (obviamente esto no hace para las ediciones de Villadiego, Burriel o Floranes, anteriores a la edición académica).

Lista de concordancias
Lista de concordancias entre las denominaciones de los testimonios en las ediciones antiguas del Fuero Juzgo (RAE 1815, Burriel 1755 y Floranes 1780) y sus signaturas actuales.

Por último, expondremos cuál era el estado de la cuestión con respecto al manuscrito editado por Villadiego en 1600 y el procedimiento que hemos seguido para identificarlo. En las ‟Advertencias necesarias a la claridad desta obra” que preceden a su edición, Villadiego (1600: 7) se limitaba a informar de que el códice del que copiaba procedía de ‟vna libreria muy antigua, escrito de mano, y en pergamino” y que Antonio de Covarrubias lo estudió y comentó entre 1596 y 1598. Entre los preliminares de ese impreso de Villadiego, se encuentra un ‟Testimonio de la libreria de la santa Iglesia de Toledo” en el que se confirma que concordaba el texto del original de imprenta de Villadiego con el ‟Fuero Iuzgo que tiene esta santa Iglesia mayor en su libreria”. Siglo y medio más tarde, Burriel (1754: 270-271) también indicaba que esa edición se basaba en un ‟tomo manuscrito de la Iglesia de Toledo”. Ahora bien, en un estudio reciente (cf. Castillo Lluch y Mabille 2021: 80, n. 11), tras haber examinado algunos pasajes del texto de la edición de 1600, hemos podido probar que el testimonio que copia Alonso Villadiego no es el de ninguno de los toledanos que manejó Burriel (T4, T5, T6) ni tampoco es T 15-37. Dado que hoy no se conserva ningún manuscrito antiguo en Toledo que no sean T5 (T 43-9), T6 (T 43-10) y T 15-37, y que T4 (hoy BNE Vitr. 17-10) tampoco es el modelo, ¿se trataría de un manuscrito que se conservaba en Toledo antes del siglo xvii y después se desplazó a otro lugar? Ignoramos muchos detalles de la conservación de los distintos manuscritos en diversos repositorios, pero en el caso de algunos, como, por ejemplo, RAE 54, hemos inferido, a partir de unas anotaciones en el recto del primer folio que había quedado en blanco, que ‟en el último cuarto del siglo xiv debía encontrarse en Toledo” (Camino Martínez 2018: 74).

Imagen 3: Fragmento de la ley 8.2.1 en el ms. BNE 5814
Imagen 3: Fragmento de la ley 8.2.1 en el ms. BNE 5814, f. 132r y en la ed. de Villadiego, f. 379v. Se aprecia que la edición sigue el manuscrito.

Mediante un cotejo de un fragmento de 8.2.1 de la edición de Villadiego con, además de los cuatro toledanos ya mencionados, 24 manuscritos antiguos a nuestra disposición (escurialenses Z.III.21, P.II.17, M.II.18, M.III.5, d.III.18, Z.III.6, Z.III.18, académicos 49, 50, 51, 53, 54, 293, el BNF 256, el Hisp. 6 de la Bayerische Staatsbibliothek, el IL 111 de Lisboa, el de Estocolmo, el de la Biblioteca Real de Copenhague, el de Oxford, los de las fundaciones Lázaro Galdiano y Bartolomé March y los de la BNE 5774, 5814 y 244), hemos logrado identificar ese testimonio occidental que edita Villadiego en 1600 como BNE 5814 (véanse imágenes 3 y 4).

Ley 10.1.14 en el ms. BNE 5814, f. 157v y en la ed. de Villadiego, f. 419r.
Imagen 4: Ley 10.1.14 en el ms. BNE 5814, f. 157v y en la ed. de Villadiego, f. 419r. En lugar de la unidad de medida espacial arpendes, en ambos textos se lee la lección deturpada años, criticada en la edición académica (RAE 1815: XXXVIII) y, como se ve, introducida por mano posterior a la del copista de BNE 5814.

Folios 171v y 172r del ms. BNE 5814

Imagen 5: Folios 171v y 172r del ms. BNE 5814 con la rúbrica en el margen inferior de Ambrosio Mexia, escribano público, que comprobó la concordancia entre el original de imprenta de Villadiego y el manuscrito que en aquel momento se encontraba en la librería de la catedral de Toledo.

La identificación de este manuscrito permite ahora a los investigadores al menos dos cosas: controlar la calidad de la edición de Villadiego, tan a menudo criticada por editores posteriores, y valorar la decisión del siguiente editor del Fuero Juzgo en el tiempo: Andrés Marcos Burriel (1755), que prefirió editar el manuscrito de Murcia. La lista completa de concordancias entre denominaciones antiguas y signaturas actuales de los testimonios que nos han transmitido el Fuero Juzgo aclarará a toda persona interesada por este texto a qué manuscritos exactamente han hecho referencia desde hace décadas estudiosos que nos han dejado lecciones importantes sobre la ley visigótica en romance utilizando la nomenclatura de la edición de la RAE (pensamos en Yolanda García López 1996 y en José Manuel Pérez Prendes 1957) o la de Floranes (Mª Luz Alonso Martín 1983 y 1985). La incorporación a PhiloBiblon de nuestras concordancias garantiza que esta información esté a partir de ahora fácilmente accesible para toda la comunidad científica.

 

Obras citadas

– Alonso Martín, Mª Luz (1983), ‟Nuevos datos sobre el Fuero o Libro castellano: Notas para su estudio”, Anuario de Historia del Derecho Español LIII, 423-445.

– Alonso Martín, Mª Luz (1985), ‟Observaciones sobre el Fuero de los Castellanos y las leyes de Nuño González”, Anuario de Historia del Derecho Español LV, 773-781.

– Burriel, Andrés Marcos (1755), Fuero Juzgo ò Codigo de las leyes que los reyes godos promulgaron en España. Traducido del original latino en lenguage castellano antiguo por mandado del Santo Rey D.n Fernando III.º, copiado de un exemplar autentico del Archivo de la Ciudad de Murcia, y de otros tres mss. antiquisimos de la libreria de la S.ta Iglesia de Toledo, ajustado al original latino, ilustrado, y corregido por el P.e Andrès Marcos Burriel de la Comp. de Jesus, Manuscrito BNE 683.

– Camino Martínez, Carmen del (2018), ‟Notarios, escritura y libros jurídicos. Algunas consideraciones”, en Miguel Calleja-Puerta y María Luisa Domínguez-Guerrero (eds.), Escritura, notariado y espacio urbano en la Corona de Castilla y Portugal (siglos xii-xvii), Gijón, Trea, 63-79.

– Camino Martínez, Carmen del (2021), ‟En torno al Libro de Nuño González y algunos manuscritos toledanos del Fuero Juzgo”, en Juan Carlos Galende Díaz (dir.) y Nicolás Ávila Seoane (coord.), Libro homenaje al profesor don Ángel Riesco Terrero, Madrid, ANABAD Federación y Universidad Complutense de Madrid, 65-74.

 – Camino Martínez, Carmen del (2022), ‟El erudito, el calígrafo y dos ejemplares dieciochescos del Fuero Juzgo”, comunicación presentada en el coloquio Los manuscritos del Fuero Juzgo: abordaje interdisciplinar, Université de Lausanne, 11-12 de noviembre de 2022.

– Castillo Lluch, Mónica (2022), ‟La tradición manuscrita del Fuero Juzgo: una visión de conjunto”, comunicación presentada con Charles Mabille en el XII Congreso Internacional de Historia de la Lengua Española, Universidad de León, 16 de mayo de 2022.

– Castillo Lluch, Mónica (2023), ‟The Visigothic Code and the Fuero Juzgo: The Transmission and Translation of Law from Latin to Romance”, conferencia pronunciada en Yale University, 28 de abril de 2023.

– Castillo Lluch, Mónica y Mabille, Charles (2021), ‟El Fuero Juzgo en el ms. BNE 683 (1755) de Andrés Marcos Burriel”, Scriptum digital 10, 75-107.

– Castillo Lluch, Mónica y Mabille, Charles (en prensa), ‟Hacia un stemma codicum del Fuero Juzgo desde el Humanismo hasta hoy”, en Actas del XII Congreso Internacional de Historia de la Lengua Española.

 – Castillo Lluch, Mónica y García López, Yolanda (en prensa), ‟The Visigothic Code and the Fuero Juzgo: The Transmission and Translation of Law from Latin to Romance”, en Noel Lenski y Damián Fernández (eds.), Lex Visigothorum, Cambridge University Press.

– Floranes, Rafael (1780) Fuero Juzgo. Manuscrito cotejado con varios exemplares, Manuscrito BNE 10344.

– Fradejas Rueda, José Manuel (2021), ‟Los testimonios castellanos de las Siete Partidas”, en José Manuel Fradejas Rueda, Enrique Jerez Cabrero, y Ricardo Pichel (eds.), Las Siete Partidas del Rey Sabio: una aproximación desde la filología digital y material, Madrid/Frankfurt, Iberoamericana/Vervuert, 21-35.

– García Blanco, Manuel (1927), Dialectalismos leoneses de un Códice del Fuero Juzgo, Salamanca, Imp. Silvestre Ferreira.

– García López, Yolanda (1996), Estudios críticos y literarios de la Lex Wisigothorum, Alcalá de Henares, Servicio de publicaciones de la Universidad de Alcalá.

– Mencé, Corinne (1996), Fuero juzgo (Manuscrit Z.iii.6 de la Bibliothèque de San Lorenzo de El Escorial), 3 vols., Lille, ANRT.

– Orazi, Verónica (1997), El dialecto leonés antiguo (edición, estudio lingüístico y glosario del Fuero Juzgo según el ms. Escurialense Z.iii.21), Madrid, Universidad Europea-CEES Ediciones.

– Pérez-Prendes Muñoz de Arraco, José Manuel (1957), La versión romanceada del Liber Iudiciorum. Algunos datos sobre sus variantes y peculiaridades, Tesis doctoral inédita dirigida por Manuel Torres López, Madrid, Universidad Complutense.

– Real Academia Española (ed.) (2015 [1815]), Fuero Juzgo en latín y castellano, cotejado con los más antiguos y preciosos códices, con estudio preliminar de Santos M. Coronas González, Madrid, Agencia Oficial Boletín Oficial del Estado.

– Villadiego Vascuñana y Montoya, Alonso (1600), Forus antiquus gothorum regnum Hispaniae, olim Liber Iudicum hodie Fuero Iuzgo nuncupatus, Madrid, Pedro Madrigal.

– Zarco Cuevas, Julián (1924, 1926, 1929, 3 vols.), Catálogo de los manuscritos castellanos de la Real Biblioteca de El Escorial dedicado a S.M. el rey don Alfonso XIII, Madrid, Imprenta Helénica (vols 1 y 2) y San Lorenzo de El Escorial, Imprenta del Real Monasterio de El Escorial (vol. 3).